Simplificados los permisos de tala con la autorización forestal única
Las cortas de pino y eucalipto en
espacios sin protección o sin afecciones de dominios públicos precisarán sólo
de una declaración responsable. También será suficiente ese trámite en las
parcelas que haya que talar en torno la vías de comunicación y viviendas
La Consellería de Medio Rural ha
publicado una orden por la que inicia la simplificación de los permisos detala. Para un futuro, la Consellería anuncia la publicación de un decreto más
completo, pero ya ahora pone en marcha la autorización única de tala y la
declaración responsable, los trámites que a partir de ahora deberán seguir
todos los aprovechamientos madereros.
Declaración responsable
La mayor novedad radica en que,
para determinados casos, ya no habrá que solicitar una autorización, sino sólo
presentar una declaración responsable antes de la tala explicando el
aprovechamiento que se va a ejecutar. Esa declaración responsable será
suficiente en todas las parcelas de eucalipto o pino, salvo el pino silvestre,
que no estén en espacios protegidos o afectadas por un dominio público.
También será suficiente con la
declaración responsable en el caso de las talas obligadas por la normativa de
prevención de incendios en el entorno de viviendas, núcleos de población y vías
de comunicación.
Visor para comprobar las
afecciones de las parcelas
De cara a facilitar la
comprobación de las afecciones de dominio público que tienen las parcelas, la
Administración ha creado un visor geolocalizado, que se puede consultar en elportal de talas de la Consellería.
Esa información es ya fiable y se
irá actualizando de manera progresiva, si bien por ahora no cuenta con toda la
información correspondiente al patrimonio cultural. Por el momento, están los
elementos patrimoniales que figuran protegidos en Planes Generales de
Ordenación Municipal y para fin de año se espera que estén incorporados el
resto de elementos.
Autorización única de tala
En el caso de talas para las que
no sea suficiente una declaración responsable, habrá que presentar una
solicitud de autorización, si bien este proceso también cambia sustancialmente.
A partir de ahora, sólo habrá que presentar una solicitud ante Medio Rural, con
independencia de las afecciones de dominio público que tenga la parcela.
Será la Consellería de Medio
Rural la encargada de solicitar los preceptivos informes sectoriales a los
organismos que corresponda. Si la Consellería no responde a la solicitud de
autorización en un plazo de dos meses, se entenderá que esta queda aprobada por
silencio administrativo. Esa disposición evitará los retrasos superiores a seis
meses que estaba causando la dilación en la respuesta de determinados
organismos, como Patrimonio.
Talas directas
La normativa establece también
que en el caso de clareos sin aprovechamiento comercial, talas de policía o
actuaciones en zonas de servidumbre de dominio público hidráulico no será
precisa ni la presentación de una declaración responsable ni de una solicitud
de autorización.
Fuente: http://www.campogalego.com/
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