Simplificados los permisos de tala con la autorización forestal única




Las cortas de pino y eucalipto en espacios sin protección o sin afecciones de dominios públicos precisarán sólo de una declaración responsable. También será suficiente ese trámite en las parcelas que haya que talar en torno la vías de comunicación y viviendas

El cambio de la legislación busca agilizar los trámites previos a la corta.

La Consellería de Medio Rural ha publicado una orden por la que inicia la simplificación de los permisos detala. Para un futuro, la Consellería anuncia la publicación de un decreto más completo, pero ya ahora pone en marcha la autorización única de tala y la declaración responsable, los trámites que a partir de ahora deberán seguir todos los aprovechamientos madereros.

Declaración responsable

La mayor novedad radica en que, para determinados casos, ya no habrá que solicitar una autorización, sino sólo presentar una declaración responsable antes de la tala explicando el aprovechamiento que se va a ejecutar. Esa declaración responsable será suficiente en todas las parcelas de eucalipto o pino, salvo el pino silvestre, que no estén en espacios protegidos o afectadas por un dominio público.

 Como excepción, la norma señala que no será suficiente con la declaración responsable en parcelas de pinos y eucaliptos que tengan más de un 10% de arbolado con pies mayores de especies frondosas (robles, abedules, castaños, etc.). Por pies mayores, se entienden aquellos que tengan un diámetro del tronco superior a 7,5 centímetros de diámetro.

También será suficiente con la declaración responsable en el caso de las talas obligadas por la normativa de prevención de incendios en el entorno de viviendas, núcleos de población y vías de comunicación.

Visor para comprobar las afecciones de las parcelas

De cara a facilitar la comprobación de las afecciones de dominio público que tienen las parcelas, la Administración ha creado un visor geolocalizado, que se puede consultar en elportal de talas de la Consellería.

  
Esa información es ya fiable y se irá actualizando de manera progresiva, si bien por ahora no cuenta con toda la información correspondiente al patrimonio cultural. Por el momento, están los elementos patrimoniales que figuran protegidos en Planes Generales de Ordenación Municipal y para fin de año se espera que estén incorporados el resto de elementos.

Autorización única de tala

En el caso de talas para las que no sea suficiente una declaración responsable, habrá que presentar una solicitud de autorización, si bien este proceso también cambia sustancialmente. A partir de ahora, sólo habrá que presentar una solicitud ante Medio Rural, con independencia de las afecciones de dominio público que tenga la parcela.

  
Será la Consellería de Medio Rural la encargada de solicitar los preceptivos informes sectoriales a los organismos que corresponda. Si la Consellería no responde a la solicitud de autorización en un plazo de dos meses, se entenderá que esta queda aprobada por silencio administrativo. Esa disposición evitará los retrasos superiores a seis meses que estaba causando la dilación en la respuesta de determinados organismos, como Patrimonio.

Talas directas

La normativa establece también que en el caso de clareos sin aprovechamiento comercial, talas de policía o actuaciones en zonas de servidumbre de dominio público hidráulico no será precisa ni la presentación de una declaración responsable ni de una solicitud de autorización.
   


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