Se activa el sistema de desbroces bonificados de la Xunta: Multas de hasta 100.000 euros para los dueños que no limpien las franjas de sus fincas
La Xunta establece que los trabajos de gestión de la biomasa forestal deberán estar listos antes del 31 de mayo
La legislación establece que antes del fin de mayo de cada año tienen queestar desbrozados los 50 metros de monte alrededor de suelo de núcleo rural, urbano o urbanizable. También la misma distancia alrededor de edificaciones o viviendas aisladas. En toda esa superficie, además, no puede haber ni pinos ni eucaliptos, aunque sí frondosas caducifolias con una separación mínima de 7 metros entre cada árbol.
La Xunta acaba de anunciar que limpiará de oficio las franjas en 695 aldeas ubicadas en 68 parroquias de alto riesgo de incendio forestal. Zonas definidas con criterios objetivos y con las que se persigue un fin: anteponer la seguridad de los núcleos de población. Lo ocurrido en la ola
de octubre del 2017 sigue todavía muy presente en la memoria. Sin embargo, esta medida no afecta a otros puntos de Galicia donde los dueños de terrenos están sujetos a unas obligaciones para la limpieza de maleza. Es el artículo 20 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de Prevención y Defensa contra los Incendios Forestales de Galicia, el que se centra, explícitamente, en la definición de las franjas. He aquí las principales claves normativas
¿Quién debe desbrozar?
Es el propietario el responsable de desbrozar los terrenos en la
llamada faja secundaria, que es la próxima a la vivienda. Son los concellos los
que están obligados a vigilar e imponer el cumplimiento forzoso de que se
gestione esa biomasa, bien limpiando o incluso talando árboles, en una franja
de 50 metros desde los núcleos de población en general y de cualquier vivienda aislada
o edificación. El municipio debe controlar también el desbroce en depósitos de
basura, cámpings, gasolineras, parques e instalaciones industriales situadas a
menos de 400 metros del monte.
¿Acaba ahí su tarea?
No. Los concellos también son competentes en la franja
perimetral de 50 metros alrededor de las nuevas instalaciones destinadas a
explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales, y las viviendas vinculadas a
estas, así como las nuevas urbanizaciones y edificaciones que afecten zonas de
monte o de influencia forestal que no tengan continuidad inmediata con la trama
urbana y que sean límites con monte o con zonas de influencia forestal. En el
resto de casos, es la Xunta quien debe hacer cumplir los deberes señalados.
¿Quién paga el trabajo?
Los gastos corresponden a los propietarios de los terrenos, pero
con el convenio para la puesta en marcha del sistema de gestión se ofrece un
precio público fijado, ajustado y ventajoso para los propietarios que se
adhieran, para facilitar los trabajos. De este modo, los titulares solo tendrán
que abonar una tarifa uniforme fijada por hectárea en 350 euros.
El ente local o la consellería podrán
notificar, de oficio o a instancia de parte, a las personas responsables sus
obligaciones en la retirada de la biomasa forestal, y advertirles de la
posibilidad de ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento y de la apertura
de un proceso sancionador. Si en el plazo de 15 días naturales los dueños no
hiciesen su trabajo, la Administración puede asumir las labores de limpieza y
repercutirle los gastos al propietario del terreno.
¿Necesitaría un permiso?
No. En el caso de que finalmente haya
una ejecución subsidiaria, las personas responsables -tal y como se recoge en
el artículo 21 de la ley gallega- están obligadas a facilitar los necesarios
accesos a las entidades responsables de los trabajos de gestión de la biomasa,
que no requerirán de ninguna autorización para llevar a cabo los trabajos de
limpieza de maleza o tala de árboles en las zonas afectadas.
¿Se expone a multas el propietario?
Sí. En la normativa gallega de
acompañamiento de los presupuestos del 2018 se introdujo la obligación de que
todos los trabajos de desbroce del matorral en las franjas secundarias de
gestión de biomasa estén finalizados antes del 31 de mayo. Es decir, quedaría
un plazo de mes y medio. El incumplimiento de esta normativa puede acarrear
sanciones que, en este caso, son multas que van de los cien a los mil euros (de
acuerdo con el que establece la Ley de Montes del Estado). En caso de que se
llegue a considerar la infracción grave (por incumplimientos reiterados), la
sanción podría llegar hasta los 100.000 euros.
¿Cuál es la situación actual?
Medio Rural cree que hay una toma de
conciencia general, tanto de los titulares de los terrenos como de los poderes
públicos. Se trata, a su entender, de un asunto prioritario. «Hay una mejora en
el plano social e institucional, y como prueba de esta mayor sensibilidad están
las iniciativas municipales para incentivar el desbroce en sus respectivos
ayuntamientos y, especialmente, la buena disposición de la Federación Galega de
Municipios e Provincias para llegar a un acuerdo con la Xunta», apuntan desde el
departamento autonómico.
Fuente: https://www.lavozdegalicia.es
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